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miércoles, 25 de enero de 2023

Corresponsabilidad e Igualdad Parental

Cavilo e intento resignificar la experiencia, gestionar emociones y sentimientos que se movilizan al recordar los momentos difíciles que he pasado y aún vivo junto a mis hijos trás la separación. Sin duda como menciona Clarissa Pinkola Estés en Mujeres que corren con los lobos:

"...la fuerza vital de una mujer puede seguir creciendo aunque ella esté aparentemente muerta.  Es la promesa de que, incluso en la más anémica situación que quepa imaginar, la salvaje fuerza vital mantendra vivas nuestras ideas y su proceso de desarrollo seguirá bajo tierra, aunque sólo durante algún tiempo. En su momento, se abre paso escarbando hacia la superficie. Esta fuerza vital no permitirá que se olvide lo ocurrido hasta que se revele el paradero y las circunstancias de la muerte de la mujer enterrada" 

Corresponsabilidad Parental se refiere a la responsabilidad y participación activa, presente, equitativa y permanente de ambos progenitores juntos o separados en las decisiones y el ejercicio de las funciones parentales en torno al acompañamiento, crianza, cuidado y educación de los hijos e hijas en común. 

Una temática que desde la lectura pareciera estar clara pero que en la puesta en práctica tiene muchas dificultades, complicaciones y desafíos relacionados con:

1) El logro de un pacto claro, empático y equitativo entre los progenitores que permita el equilibrio e igualdad de derechos, deberes y oportunidades para el desarrollo individual de cada uno  como el ejercicio de sus responsabilidades parentales. (Artículo 42 y 43 de la Constitución de Colombia) 

2)  La voluntad de hacer efectivo en la vida práctica y cotidiana tal pacto, que demanda una buena comunicación y sentido de colaboración entre los padres como de ellos hacia los hijos. 

3) La validación de la percepción y la competencia del otro frente a las situaciones de los hijos en común para llegar a la resolución consensuada y en equipo de familia de los problemas o conflictos con un estilo de crianza paralelo. 

4) La comprensión del desarrollo evolutivo, conflictos, necesidades y deseos de los hijos para poder ofrecer lo que realmente ellos necesitan en común acuerdo.

5) Si son progenitores separados o divorciados mantener y dar valor a la importancia de residir en una misma población o proximidad geográfica que permita ejercer la corresponsabilidad sin excusas y evasiones; se logre establecer visitas, salidas y encuentros regulados liberando a los hijos e hijas de cargas, preocupaciones o culpas por inconvenientes y malestares entre los adultos por sus desacuerdos o incumplimientos.

Lo anterior exije conciencia y compromiso para no "esperar que el otro" actúe y haga con autodeterminación lo que a cada uno corresponde para ser un equipo de familia aunque no sean pareja. Por ello debe diferenciarse la relación de pareja de la relación paterno-filial pues la separación o el divorcio no conlleva a la separación de las relaciones y responsabilidades con los hijos.


La COMUNICACIÓN es un hilo conductor clave para avanzar, solucionar o exacerbar los inconvenientes. Enlazo un artículo de Casasempere Abogados que me parece muy ilustrador y orientador" La comunicación entre padres divorciados"

Patria Potestad y Custodia. Comprender y diferenciar estos conceptos es importante para poder tener un ejercicio presente, activo, equitativo y permanente de la corresponsabilidad parental. 

La Patria Potestad está definida en el artículo 288 del Código Civil de Colombia como el conjunto de derechos que la Ley reconoce a los padres sobre sus hijos no emancipados, para facilitar el cumplimiento de los deberes que como padres deben asumir. Es un poder conjunto que se otorga a los progenitores pensando en el interés superior del niño y la niña, no en ellos. Y solo será ejercido por uno de ellos ante falta o causal demostrada y fallada por un juez de familia o fallecimiento.

La Guarda o Custodia se refiere al derecho que tienen los niños, niñas y adolescentes a ser cuidados y garantizar su desarrollo integral. Esta se traduce en todas las tareas y oficios por el cual se desarrolla la crianza, formación y educación, acompañamiento y orientación, autoridad y sustento. Este ejercicio también debe ser asumido por ambos progenitores favoreciendo el principio de igualdad parental, aún cuando ésten separados o divorciados y los hijos vivan con uno de ellos. (Artículo 44 de la Constitución de Colombia)

 


Alcanzar el ejercicio de Corresponsabilidad e Igualdad Parental implica avanzar en un ejercicio cotidiano de Parentalidad Compartida mencionado en el artículo 14 de la Ley 1098 del 2006 superando las 5 dificultades y complicaciones que mencioné al inicio de esta entrada. Velando y garantizando el interés superior del niño, niña o adolescente e hijos no emancipados como permitiendo el desarrollo y fluir del proyecto de vida de cada uno de los padres pues es necesario un buen estado de salud física y mental para vivir con responsabilidad y gozo el rol de mamá o papá. 

En Colombia no hay claridad jurídica y si mucho debate por el artículo 92 sobre la llamada "Custodia Compartida". Cavilemos en algunos puntos: 

¿Cómo se avanza en lo legal cuando no se avanza en lo psicoemocional y se siguen construyendo muros entre progenitores que un día desde el libre albedrio y el afecto conformaron una familia? 

La custodia compartida debe estar centrada en las necesidades de los hijos e hijas en común y no en las necesidades de los padres pero... ¿Cómo llegar a ella cuando no se logra conciliar una cuota de alimentos centrada en las necesidades de los hijos y si, basado en el ingreso del adulto progenitor?

¿Cómo llegar a ella cuando no se logra un acuerdo para regular las visitas, salidas o tiempos de acompañamiento y recreación con los hijos por parte de quien no está a cargo de ellos todos los días? 

¿Cómo se llega a ella cuando no hay equidad en la ejecución de las tareas de cuidado mayormente ejercidas por las mujeres/madres que no facturan y existen señalamientos y violencias basadas en el genero que no permiten visibilizar y reconocer el valor económico e impacto de la  Economía del cuidado para la vida humana?

¿Son los progenitores desde su deseo genuino o son los juzgados de manera unilateral los que deben hacerse cargo y resolver los conflictos de las ex-parejas cuando desde la palabra muchas veces no acompañada de acciones o desde la virtualidad y no la presencialidad se finge o se supone "amar-cuidar" a los hijos e hijas en común?

   

"No tengo tiempo" "Ahora no puedo" "Tú eres la mujer y la madre" "Egoista y miserable" 
"Yo tengo que cuidar a mi madre" "Yo debo trabajar" "Quieres que yo los cuide para salir de rumba"
 "ya te doy una cuota alimentaria que más quieres?" "me dejaste con tres hijos y tres perras" 
"no seas ilusa" "los visito cuando pueda ir, de resto les mando un mensajito de whatsapp" 
"voy a pasear con mis hermanas en semana santa y sacaré tiempo si puedo hasta diciembre un solo dia" 
"pida prestado y solucione cuando pueda le pago" "pidale prestado a sus amigos para mis hijos si no tiene,
 yo no tengo y punto! " "Admita le queda grande criar y cuidar a los hijos" .... 

Cuando un huevo se rompe desde su interior nace un camino y la posibilidad de vivir y convivir, la decisión y la iniciativa puesta en acción desde adentro rompe la cáscara y media lo interno con lo externo abriendo vía a la comunicación, la empatia y la ayuda mutua abandonando  la necesidad narcisista y omnipotente que subyace cuando no ves ni reconoces al otro, no escuchas, ni comprendes el sentir y no se valida la carga emocional de quien está al cuidado de los hijos e hijas en común.   

Cuando un huevo se rompe desde afuera, la imposición puede perjudicar, dañar, complicar y matar la posibilidad de vivir y convivir. Sin deseo e iniciativa, se proyectará en el otro la culpa y se evadirá la responsabilidad. Al final son los hijos e hijas los que cargan el peso de los pedazos de cáscara que al romperse también les causan heridas.

En buena hora para quienes actúan, concilian y logran la corresponsabilidad e Igualdad parental y no dejan al tiempo o a Dios las soluciones milagrosas. Pues no todas las situaciones cotidianas, ni las posibilidades u oportunidades, ni la salud física, carga emocional y salud mental, entre otras y tantas circunstancias son iguales para los dos progenitores.      


Revisemos algunos ejemplos y posibilidades para la comunicación que permiten la corresponsabilidad e igualdad parental:

- " Debo estar atendiendo un par de meses a mi madre enferma, reconozco tu trabajo en el hogar y lo que demanda día a día el cuidado de los hijos en común pero pronto compensaré este tiempo de lejanía de mi corresponsabilidad con ellos; organizaré los tiempos de cuidado a mis padres y las diligencias que me corresponden junto a mis hermanas, pues el unico que tiene hijos menores de edad soy yo "

- " A los hijos les gusta tu comida y se sienten tranquilos estando contigo, pero estaré con ellos cada 15 días los fines de semana así puedes encargarte de otros asuntos o descansar y si requieres apoyo para que acompañe algunas citas médicas o eventos escolares me organiizo para que no tengas toda la carga y responsabilidad. Nos turnaremos unas veces los llevo yo y otras los llevas tu "  

- " Por supuesto que acompañaré a mi hijo en su grado escolar, ya tengo la fecha agendada y aunque estemos separados, ellos son muy importantes para mi "   

- " Quisiera poder volver a trabajar y que este usted más presente aprovechando que ya está pensionado, que equilibremos las tareas de cuidado, los fines de semana o las vacaciones de receso escolar de los hijos y yo pueda trabajar en mi proyecto de vida mientrás aún pueda obtener ingresos ". 

" Uno de mis tres hijos requiere en este momento toda mi atención por su estado de salud. ¿Podrias acompañar y cuidar a los demás esta semana mientras me encargo de los asuntos médicos? "

" No está bien que sea tu madre la que los cuide cuando yo tengo tiempo para ello. A partir de ahora me haré cargo con más presencia y cuando las circunstancias lo demanden "

" Puedes por supuesto contar que me quedo con las perras cuando vayas de vacaciones o descanso con mis hijos y podemos conciliar tambien la custodia de las mascotas pues reconozco que las adquirimos en el matrimonio

- " Buscaré quien cuide y acompañe a mi padre, pero sin duda estaré con mi hija en su fiesta de 15 años pues la fecha esta agendada hace mas de 10 meses y es mi deseo y corresponsabilidad estar presente apoyando lo que se requiere en ese evento  " 

Sin lugar a dudas esta cavilación me deja inquieta el alma.  Claramente la realidad no es tan fácil.

Me gustaría leer sus experiencias. ¿Como han conciliado y avanzado en este camino de corresponsabilidad e igualdad parental tanto en una vida juntos como  en la separación o divorcio?

                                 LILIANA CASTRO MORATO 

Correo: psililianacastromorato@gmail.com - Whatsapp 3165430801

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